El TS fija doctrina: la pensión compensatoria fijada de mutuo acuerdo ante Notario o LAJ deduce en el IRPF

Fijando doctrina, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado, en su sentencia de 25 de marzo de 2021, que, la reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias prevista en el art. 55 de la LIRPF,abarca también a los supuestos de fijación mediante un convenio regulador formalizado ante el Letrado de la Administración de Justicia o ante el Notario, en virtud del régimen de separación o divorcio de mutuo acuerdo. (Fuente: Economist & Jurist)