Con fecha de 20 de enero de 2021, se ha dictado el primer decreto ley del año, modificando la denominada “Ley Antidesahucios” que se prorrogó hace poco más de un mes, donde en el apartado 1 del Artículo 1 bis preveía seguir adelante con los lanzamientos judiciales en el supuesto de que la permanencia del “okupante” fuere como consecuencia de delito; es decir, penalizaba con el lanzamiento “el allanamiento de morada” cuando se rompía la cerradura y se entraba en una vivienda que era primera residencia de la víctima (fuerza en las cosas).
El Gobierno, con esta modificación de la “Ley Antidesahucios” evita el posible lanzamiento de los okupas. En el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, blinda a los “okupas” en la Disposición final primera . Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo , por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.