El Congreso aprueba juicios exprés para determinadas okupaciones, pero deja fuera la inquiokupación

La medida contempla que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo el procedimiento de juicios rápidos, permitiendo que estos se celebren en un plazo máximo de 15 días.

Con la modificación del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los casos de ocupación ilegal se suman a la lista de delitos menos graves susceptibles de ser procesados por la vía rápida, que hasta ahora incluía delitos como hurtos y robos.

La nueva Ley de eficiencia del servicio público de Justicia permite acelerar el proceso judicial en situaciones de okupación. Una vez detenido el infractor, el juez deberá citar al acusado en un plazo máximo de 72 horas, mientras la policía judicial elabora los informes pertinentes. Tras finalizar las diligencias, las partes y la Fiscalía decidirán si procede avanzar con el juicio oral. De ser así, el proceso deberá concluir en 15 días, incluyendo la sentencia dentro de los tres días siguientes a la celebración del juicio.

Sin embargo, voces críticas, como la del abogado José Ramón Zurdo, director de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), cuestionan el impacto real de esta norma. Zurdo señala que, aunque en teoría los juicios rápidos podrían resolver en menos de un mes los casos de okupación, la realidad es más compleja. “En viviendas donde habitan personas vulnerables, el desalojo no será tan inmediato como parece, ya que los servicios sociales deberán intervenir, lo que alargaría los tiempos procesales”.

Una solución parcial

La ley se enfoca únicamente en los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda, dejando fuera otros casos igualmente problemáticos, como los conocidos «inquiokupas«, personas que sólo pagan la primera mensualidad de renta y la fianza, y cuya intención desde el inicio es no pagar nada más y aprovecharse de la lentitud de la acción de la justicia para seguir okupando las viviendas el máximo tiempo posible. Estos casos continúan su calvario a través de querellas por estafa y otros procedimientos civiles mucho más largos e intrincados.