Exención fiscal de las indemnizaciones por despido o cese

Con efectos desde el 3-4-2025, se modifica la redacción de la exención fiscal prevista para las indemnizaciones por despido o cese de los trabajadores para eliminar cualquier duda interpretativa y confirmar expresamente a nivel legal que no derivan de un pacto, convenio o contrato, las indemnizaciones acordadas ante el servicio administrativo (CMAC) como paso previo al inicio de la vía judicial social. A sensu contrario, la nueva redacción da a entender que, si no existe acuerdo ante el CMAC, la indemnizacion estaría sujeta a tributacion. L 35/2006 art. 7.e redacc LO 1/2025 disp.final 14ª, BOE 3-1-25; LO 1/2025 disp.final 14ª, BOE 3-1-25