LOS AUTONOMOS SOCIETARIOS NO TIENEN DERECHO A LA JUBILACION ACTIVA AL 100%

El Tribunal Supremo, en reciente sentencia de 26-1-2024, ha resuelto sobre esta cuestion. Los autónomos societarios no tienen derecho a percibir la pensión de jubilación activa compatible con el trabajo en la cuantía del 100%, ya que no realizan una actividad por cuenta propia, dado que no asumen un riesgo empresarial personal, beneficiándose de la limitación de la responsabilidad societaria y no suscriben contrato alguno con ningún trabajador, siendo el empleador la sociedad mercantil. TS 26-1-24,EDJ 504964