A partir del día 1 de octubre de 2022, será obligatoria la cotización por contingencias de desempleo y FOGASA en el sistema especial de la Seguridad Social para Empleados del Hogar

Los tipos de cotización aplicables para la contingencia de desempleo y paradeterminar las aportaciones al Fondo de Garantía Salarial en este sistema especial, entre el1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022, serán los siguientes: a) El tipo de cotización por desempleo será del 6,05 del que el 5 por ciento será a cargo el empleador y el 1,05 por ciento a cargo del empleado.
El tipo de cotización al Fondo de Garantía Salarial será de 0,2 a cargo exclusivo del empleador.

Lo establecido en el presente Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, será de aplicación a los contratos vigentes a partir de la fecha de su entrada en vigor (que tuvo lugar el pasado día 9 de septiembre de 2022, conforme la Disposición final séptima), sin perjuicio de lo establecido en la disposición final séptima.

En consecuencia, aplicaremos a partir de la entrada en vigor las nuevas cotizaciones sobre las hojas de salario que venimos calculando de empleadas de hogar.